jueves, 21 de mayo de 2015

Protestantes y masones en la mira de la Iglesia del siglo XIX (2 de 4)

Protestantes y masones en la mira de la Iglesia del siglo XIX (2 de 4)

Por Guido Riggio. 21 de mayo de 2015 - 12:09 am -
 http://acento.com.do/2015/opinion/8250524-protestantes-y-masones-en-la-mira-de-la-iglesia-del-siglo-xix-2-de-4/

Guido Riggio

Escritor y economista, ha publicado poesías y ensayos como "La Historia al revés": excomunión de Duarte y su enfrentamiento con la Iglesia antidominicanista. Es activista del Foro por un Estado Laico EMH.
(A José Chez Checo, fervoroso heraldo clerical que persiste en negar que “Duarte tuvo problemas con la Iglesia Católica o esta con el patricio,” refutando así a su colega Pérez Memén, afirmando que todo es un invento nuestro). Ver: http://guidoriggio.blogspot.com/2015/04/chez-checo-o-el-fervor-catolico-de-un.html
Sobre cómo el Arzobispo Meriño vigilaba a protestantes y a masones…   
Para ponernos al tanto de la actitud que asumía la Iglesia ante la presencia de grupos protestantes y masones, en la naciente República Dominicana, leamos varios fragmentos de algunos de los “Documentos inéditos de Fernando A. de Meriño”, (compilados por José Luis Sáez s. j. y publicados por el AGN en Santo Domingo, 2007, volumen xxviii). Veamos:
A) Para marzo de 1859 Fernando Arturo Meriño, gobernador ecuménico de la archidiócesis criolla, le informaba en carta al cardenal Giacomo Antonelli sobre la Iglesia:
“Por fortuna, Em. Sr., aquí son todos católicos porque ésta es la religión del Estado; y aunque no faltan infieles y protestantes, son pocos y extranjeros.”
B) Luego, el 3 de junio del mismo año Merino debió emitir su circular Nº 4 dirigida a los vicarios foráneos y auxiliares para advertirles sobre el peligro de la extensión de la masonería y de la necesidad de enfrentar su venenosa influencia y herejía, diciéndoles:
“Venerables hermanos: Con bastante pena hemos tenido noticias de que las logias masónicas van extendiéndose y ocupando toda la República; y nuestro deber es protestar rotunda y enérgicamente contra su venenosa influencia, zelar (sic) con vigilancia y guardar el depósito sagrado de la fe católica, estando siempre alerta contra la herejía y la impiedad que se van introduciendo así en así en nuestro infortunado país.”
Arengándolos a todos para que, en sus calidades de custodios y depositarios de la santa religión, hicieran todos los esfuerzos posibles “por conservar incólumes las leyes de la Iglesia; obligando a los necios que con avilantez (sic) las desprecian, a que las respeten, obedezcan y cumplan según y como lo debe hacer todo verdadero fiel.”
Además les advertía que se trataba de una “sociedad cismática” que causaba “retroceso en la civilización católica” y se lamenta de los muchos curas que estaban en su nómina y que cooperaban con sus “proyectos destructores y anti-católicos”, los “mundanos e infernales”, los muy bien conocidos.
Les instaba además a redoblar “vuestros cuidados en estos aciagos tiempos, que forman días malos, días de perversión e iniquidad, para que no sea escalada la casa por los ladrones nocturnos; para que las zorras no entren a demoler la viña”
Y por demás los animaba a observar las disposiciones de los sumos pontífices enviándoles sus textos con la “excomunión mayor” para los masones:
<< Clemente XIII (25 de abril de 1738), Benedicto XIV (16 de marzo de 1751), León XII (13 de mayo de 1825) y últimamente por nuestro Santísimo Padre, el 9 de noviembre del año 1846, quienes en diferentes Bulas imponen la pena de excomunión mayor ipso facto con reservación, a todos los francmasones, sus adictos, etc., por estas palabras que transcribimos: Nos… estrictamente prohibimos, y en virtud de santa obediencia mandamos a todos y a cada uno de los fieles de J.C. de cualquier estado, grado, condición, rango, dignidad y preeminencias que sean, así legos como clérigos, ya seculares, ya regulares; aun dignos de específica e individual mención y expresión, de atreverse o presumir bajo cualquier pretexto o colorido que sea, entrar en las referidas sociedades de Francmasones (o llamados de otra manera) o propagarlas, alimentarlas, recibirlas en su casa o darles asilo en algún otro lugar, inscribirse en ellas y agregarse, asistir a ellas o prestarles el poder y medios de reunirse, favorecerlas con alguna cosa, darles consejo, socorro o favor en público o en secreto, directa o indirectamente; ya sea por sí o por otros de cualquier modo que sea, como también de exhortar a los otros, provocarlos, comprometerlos, protegiéndolos del modo que sea o aconsejándoles…, bajo la pena de excomunión mayor ipso facto, en que, sin otra declaración, incurrirán según queda dicho arriba, y de la que nadie puede obtener el beneficio de la absolución, sino de nos o del romano pontífice que entonces exista, a no ser que llegue el artículo de la muerte”. Por consiguiente, venerables hermanos, haréis de modo que estas disposiciones tengan toda su fuerza y eficacia en vuestras parroquias; y notad que sólo os damos facultades de absolver de la tal excomunión in articulo mortis, si pública y solemnemente renuncia y protesta contra la Masonería el penitente; porque de otro modo (su pecado es bastante público para que público se vea el castigo), no le administraréis los sacramentos, ni le haréis exequias si muere, ni le dejaréis enterrar en sagrado. Todo lo cual os mandamos cumplir fiel y exactamente, bajo pena de suspensión ipso facto, en que incurrirá el que contravenga esta nuestra disposición. Sacaréis copia de la presente y la archivaréis según costumbre, firmando ésta y pasándola bien asegurada al cura más inmediato por el orden que se indica al margen, y el último tendrá el cuidado de devolvérnosla sin demora.>>
(Nota1: Este caso de excomunión ipso facto citado en el texto de la bula demuestra que en ese entonces (y desde mil años antes) ya existía la “excomunión latae ipso facto incurrenda”. Por lo que no entendemos cómo hoy la Iglesia se atreve a decir que no excomulgó a Duarte porque en ese entonces no existía la excomunión, diciendo que “Duarte nunca fue excomulgado”, aun sabiendo que, de hecho, Duarte ya se encontraba excomulgado por ser masón como lo explican estas bulas papales. Por lo que Duarte fue dos veces excomulgado, como masón y por oponerse a Santana como decía la Carta Pastoral de Portes, ambas automáticamente, sin necesidad de juicio, por excomunión latae, ipso facto, como lo establecía el canon desde siglos antes al 1844.

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