Acosta afirma hay cuatro motivos para recurrir fallo Bautista
Abogada Laura Acosta. |
l.jimenez[@]hoy.com.do
Le preocupó que
en programas de radio, en horas de la mañana, se debatiera la decisión
del tribunal. Antes de que se leyera la sentencia, circuló por correo.
Pide que se cuestione a quien filtró la sentencia a periodistas, la
noche anterior de la audiencia final.La
abogada Laura Acosta, experta en materia penal, declaró que en la
demanda contra el senador peledeísta por San Juan, Félix Bautista,
habían pruebas diferentes a la acusación anterior, cuatro razones para
ordenar apertura a juicio de fondo, y según reveló, algunos medios de
comunicación conocían el fallo antes de que el juez Alejandro Moscoso
Segarra beneficiara al legislador con un No Ha Lugar.
Acosta cuestionó
también que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) enviara varios tweets en
la tarde del pasado viernes, justificando la sentencia del juez de la
Instrucción Especial, Moscoso Segarra, sin considerar que está pendiente
de conocer el recurso de apelación de este expediente.
Dijo que hay
pruebas que no fueron las mismas que se conocieron en la primera
demanda, por lo que “había la posibilidad de retener la doble
persecución para algunos cargos, aunque para otros no contra Bautista”
(exfuncionario del Gobierno y secretario de Organización del Partido de
la Liberación Dominicana (PLD). “Con ese argumento de la sentencia yo no
estoy de acuerdo. Creo que el juez podía haberlo retenido
parcialmente”.
Según el parecer
jurídico de Acosta, el juez Moscoso Segarra pudo mantener la apertura a
juicio para parte de los cargos contenidos en la acusación, y no haber
barrido la totalidad con la doble acusación.
Cree que el
sometimiento de un político de tanto poder, demuestra que el país
avanza, pero advirtió que no está de acuerdo con la exclusión de la
prueba pericial ni con el argumento del tribunal, porque -afirmó- viola
el artículo 211 del Código Procesal Penal, que establece que en la etapa
preparatoria no es necesario que las partes estén presentes, “él (el
juez) obvió la parte in fine del segundo párrafo del artículo”. El
Ministerio Público puede prescindir de notificar a las partes la prueba
pericial. Dijo que es un error que la prueba pericial, en caso de
funcionario público, sólo se acepta si la efectúa la Cámara de Cuentas.
Manifestó que el Ministerio Público, en etapa preparatoria, es libre de
elegir los peritos. “Lo que hay es que probar si esos peritos cumplieron
con las normas de contabilidad debida”.
Acosta
sostuvo que hubo otras exclusiones probatorias de documentos bancarios,
basado en el secreto bancario, en el supuesto de que la orden judicial
la dio un juez incompetente. “Yo entiendo que por la incompetencia de un
juez autorizaran a la Superintendencia de Bancos a entregar documentos,
esto no es suficiente para excluir, de manera total, una prueba”.http://hoy.com.do/acosta-afirma-hay-cuatro-motivos-para-recurrir-fallo-bautista/
No hay comentarios:
Publicar un comentario