viernes, 20 de febrero de 2015

A propósito de Quirino: Cómo funciona el Programa de Protección de Testigos en EEUU

 

A propósito de Quirino: Cómo funciona el Programa de Protección de Testigos en EEUU

Por Servicios de Acento.com.do. 20 de febrero de 2015 - 5:30 am 
 http://acento.com.do/2015/actualidad/8223719-a-proposito-de-quirino-como-funciona-el-programa-de-proteccion-de-testigos-en-eeuu/
El programa aplicable a las personas cuyas vidas están en peligro como consecuencia de su testimonio contra traficantes de droga, miembros del crimen organizado, terroristas y otros delincuentes importantes.
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Foto: Acento.com.do/Archivo/Quirino Ernesto Paulino Castillo, en el avión que lo llevó extraditado a EEUU.
REDACCIÓN.-El Programa Federal de Protección de Testigos está destinado a los testigos esenciales, decisivos, cuyo testimonio potencial los pone en peligro inmediato. Desde su creación en 1970, más de 7,500 testigos y más de 9,500 miembros de la familia de los testigos han entrado en el programa y han recibido protección, han sido reubicados y se les ha dado nuevas identidades por parte del el Servicio de Alguaciles de Estados Unidos.  (Ver enlace )

El Departamento de Justicia de Estados Unidos borra las viejas identidades de testigos importantes y los coloca en una ciudad donde no es probable que sean reconocidos, con nuevos nombres y nuevas vidas.

Los elegibles

Este programa proporciona protección sólo a aquellos testigos cuyo testimonio se determina que es esencial para el enjuiciamiento de una causa penal y en la que la vida del testigo o de su familia corren peligro. También, el testimonio del testigo debe considerarse creíble y seguro, es decir, que el testigo no se va a retractar de dar ese testimonio en la corte.

Son tres las organizaciones que administran el Programa de Protección de Testigos:
-El Cuerpo de Alguaciles de Estados Unidos proporciona la protección, la salud, la seguridad de los participantes en el programa que no están encarcelados.

- El Departamento de Justicia de EE.UU.: Oficina de Ejecución de Operaciones (OEO), que autoriza la admisión en el programa de testigos cuyas vidas están en peligro como consecuencia de su testimonio contra traficantes de drogas, terroristas, miembros del crimen organizado u otros delincuentes importantes.
-La Oficina Federal de Prisiones (BOP), que mantiene la custodia de testigos encarcelados.

La oficina del Procurador General de EE.UU., que tiene la última palabra en todos los casos de protección de testigos, ha definido los casos específicos en los cuales se les puede autorizar a los testigos la entrada en el Programa de Protección de Testigos, incluyendo:

-Cualquier delito definido en el Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 1961 (1), que cubre el crimen organizado y asociación delictiva
-Cualquier delito de narcotráfico en el Título 21, Código de EE.UU.
-Cualquier otro delito federal grave sobre el que un testigo puede dar testimonio, que pueda poner a este en peligro de venganza por violencia o amenazas de violencia
-Cualquier delito estatal de naturaleza similar a los descritos anteriormente.
-Ciertos procedimientos civiles y administrativos en los que el testimonio ofrecido por un testigo puede poner la seguridad de ese testigo en peligro.
Los riesgos

El proceso para inscribir a un testigo en el programa comienza cuando un organismo de aplicación de la ley estatal o federal presenta una solicitud de protección. La solicitud del Programa de Protección de Testigos se somete a la OEO; esta instancia resume el testimonio que ofrecerá el testigo, la amenaza al testigo, y cualquier riesgo que el testigo pueda significar para una nueva comunidad si es reubicado.
La OEO organiza a continuación una entrevista preliminar con el Servicio de Alguaciles de EE.UU. para que el testigo sepa qué esperar de su nueva vida bajo el programa. El Servicio de Alguaciles coordina la entrevista directamente con el fiscal o el organismo que hace la solicitud, el cual debe proporcionar una copia de la solicitud y la evaluación de las amenazas al Servicio de Alguaciles.
Después de la entrevista preliminar, el Servicio de Alguaciles hace su recomendación sobre si el testigo potencial debe ser colocado en el Programa de Protección de Testigos. Su recomendación va a la Oficina de Ejecución de Operaciones.

La decisión final para inscribir a un testigo en el programa corresponde al Fiscal General de Estados Unidos. La autoridad de la Procuraduría General se estableció como parte de la Ley de Control del Crimen Organizado de 1970 y fue ampliada por la Ley de Reforma la Protección de Testigos de 1984.
Teniendo en cuenta las recomendaciones del Servicio de Alguaciles Federales y los abogados de la acusación, el Ministerio Público (o una persona delegada por el Fiscal General) crea una evaluación escrita de los riesgos que el testigo y sus familiares pueden representar para su nueva comunidad, puesto que muchos de estos testigos suelen ser ellos mismos delincuentes.
La Procuraduría General evalúa los siguientes factores relativos a cada adulto considerado para recibir protección:

-Antecedentes penales
-Sus alternativas para la protección de testigos
-El testimonio de otros testigos potenciales

Si el valor del testimonio del testigo es superior al peligro que el testigo implica para la nueva comunidad, el Fiscal General puede colocar el testigo en el Programa de Protección de Testigos. La OEO informa a la sede de la agencia solicitante sobre la decisión de la Procuraduría General, y el testigo y sus familiares deben firmar un Memorando de Entendimiento, previa verificación de que entienden a cabalidad las reglas del programa.
La entrada en el programa es sólo el primer paso al anonimato.


Testigos en prisión

Algunos testigos que ya están en prisión estatal o federal pueden también participar en el Programa de Seguridad de Testigos si cumplen con los criterios del programa.
Estos testigos son administrados por la Oficina Federal de Prisiones y, a menudo se transferirán a una nueva prisión una vez en el programa para cumplir el resto de su condena. Una vez fuera, su caso se volvería a evaluar para determinar si necesitan ser reubicados en una ciudad segura.

Borrado del mapa
El Programa Protección de Testigos está diseñado para crear el anonimato total de los testigos y ayudarles a integrarse en una nueva comunidad en la que muy probablemente no serán reconocidos. Estados Unidos tiene más de 300 millones de habitantes y miles de ciudades en las que se oculta un testigo protegido. Estos testigos, una vez perdida su identidad original, sus familiares y en ocasiones, asociados cercanos, son borrados del mapa.
Tras la aceptación de un testigo en el programa, el Servicio de Alguaciles tiene la tarea de crear una nueva identidad y encontrar una nueva localidad para el testigo, su familia, y para todos sus asociados en peligro. Esto requiere la coordinación de múltiples agencias gubernamentales, una buena sincronización y secreto absoluto.

Una vez que el testigo recibe una sesión informativa previa a la admisión por parte del personal del Servicio de Alguaciles y se compromete a ingresar en el programa, él y su familia son extraídos sacados inmediatamente de su ubicación habitual, y llevados a un área de espera temporal y segura.
Aunque a los testigos se les da un nuevo comienzo en una nueva comunidad, sus transgresiones no son completamente ignoradas. El Servicio de Alguaciles le notifica a la policía local en la nueva comunidad de la presencia del testigo y lo pone en conocimiento de su historia delictiva. El Servicio de Alguaciles también puede ordenar a las autoridades análisis de drogas o alcohol ocasionales y establecer otras condiciones para garantizar el éxito del programa. A cambio, el Servicio de Alguaciles hará lo siguiente:
-Conseguir una opción de trabajo razonable para el testigo
-Prestar ayuda en la búsqueda de vivienda
-Proveer pagos de subsistencia por un promedio de US$60,000 al año
-Proporcionar documentos de identidad de los testigos y miembros de la familia cuyos nombres se cambian por motivos de seguridad
-También se encargará de la orientación y asesoramiento de los psicólogos, psiquiatras y trabajadores sociales cuando se confirme esta necesidad.

En cuanto a la elección de un nuevo nombre, los testigos pueden elegir. Sin embargo, según el libro WITSEC: Inside the Federal Witness Protection Program (WITSEC: Dentro del Programa Federal de Protección de Testigos), coescrito por el creador del programa, Gerald Shur, se aconseja a los testigos mantener sus siglas actuales o el mismo nombre de pila. Los cambios de nombre se realizan por el sistema judicial como cualquier cambio de nombre, pero los registros están sellados.
Una aclaración: Acceder al Programa de Protección de Testigos no es como ganarse la lotería. No hay condonación ni perdón de préstamos u otras obligaciones. Antes de entrar en el programa, los testigos deben pagar las deudas existentes y satisfacer las obligaciones civiles o penales pendientes. Asimismo, deben proporcionar los documentos de custodia apropiados de niños que demuestren que sus hijos son realmente suyos.
Ya en el programa, el Servicio de Alguaciles ofrece 24 horas de protección mientras están en una zona de alto riesgo, incluyendo la fase de instrucción y comparecencias ante el tribunal.

El testimonio
El propósito principal del Programa de Protección de Testigos es mantener seguros a los testigos para que puedan testificar en los juicios que podrían condenar a miembros del crimen organizado, de pandillas o de redes terroristas. Tal vez la parte más arriesgada del proceso es cuando el testigo vuelve a declarar.

Se toman muchas precauciones, y la seguridad es máxima en este momento. En su libro, Shur describe el traslado de testigos en camiones electrónicos, helicópteros y barcos de pesca. En un caso, se envió un vehículo blindado con una escolta policial completa como señuelo mientras que el exmiembro de la mafia Joseph Barboza fue introducido por una puerta lateral del palacio de justicia. En un juicio, incluso a los testigos que ya no están en el programa se les da protección si están testificando en casos por los que el testigo entró inicialmente en el programa.

La adopción de medidas tan drásticas para proteger a los testigos ha dado sus frutos para los fiscales. Desde el inicio del programa en 1970, se ha logrado una tasa de condena global del 89% como resultado del testimonio de los testigos protegidos, y más de 10,000 delincuentes han sido condenados, según el Servicio de Alguaciles.
Todas las peticiones de comparecencia de un testigo deben venir a través del Servicio de Alguaciles o la OEO con una antelación mínima de 10 días. Se requiere que los fiscales y agentes encargados de hacer cumplir la ley para realizar conferencias o entrevistas de testigos reubicados en sitios neutrales designados por el Servicio de Alguaciles. Para testigos prisioneros, las conferencias se llevan a cabo en la prisión federal al que ha sido asignado el prisionero.

Una vez que el juicio ha terminado, el testigo y su familia comienzan su nueva vida.

Una vida nueva

Otro de los objetivos clave del Programa de Seguridad de Testigos es ayudar a los testigos a insertarse en sus nuevas comunidades y ser autosuficientes. Entre otras cosas, esto requiere ayuda para obtener empleo. Sin embargo, desde que comenzó el programa persiste cierta preocupación de que el Gobierno podría estar ayudando demasiado a los testigos, sobre todo si se recuerda que muchos testigos son antiguos delincuentes.
Para garantizar que los testigos no reciben demasiadas ventajas en su nueva vida, a la policía local se le informa de la ubicación de un testigo. Además, se espera que los testigos protegidos encuentren empleo y sean autosuficientes lo antes posible. El Servicio de Alguaciles ayudará a los testigos con la búsqueda de empleo; sin embargo, si un testigo no es agresivo en su búsqueda de empleo, se dará por terminado el pago de subsistencia. En ese momento, el testigo reubicado puede inscribirse en la asistencia pública, si así lo decide.

La regla más importante del programa es que los testigos no deben entrar en contacto con antiguos compañeros, o familiares sin protección. Tampoco deben volver a la ciudad desde la cual fueron trasladados. Según el Servicio de Alguaciles, ningún testigo que ha seguido estas reglas ha sido asesinado. (Ver Newsweek: “The New Face of Witness Protection”, sobre un caso de alguien que no siguió las reglas).

Una vez asimilado en su comunidad, solo se requiere contacto con el Gobierno una vez por año. Los testigos también tienen que hacer contacto con el Gobierno si se mudan. Cualquier otro tipo de contacto con los testigos debe ser solicitado a través de la OEO o Servicio de Alguaciles.
Violar la ley mientras dura el programa
Algunos testigos en el Programa de Protección, en ocasiones, violan la ley. De hecho, hay una tasa de reincidencia de alrededor del 17% entre los testigos que han sido colocados en el programa, de acuerdo con un estudio reciente del Departamento de Justicia. Sin embargo, esta tasa es baja en comparación con los delincuentes en libertad condicional: Sólo el 60% de los ex convictos evitan problemas, según WITSEC.

Si un testigo es arrestado y condenado mientras está en custodia, se pide a la agencia federal de investigaciones que informe a las autoridades estatales sobre la cooperación del testigo en determinado proceso judicial para garantizar la seguridad del testigo. Si las autoridades estatales no pueden proteger al testigo, pueden acudir a la OEO para que revise el caso del testigo y considere su reincorporación en el Programa de Protección de Testigos, esta vez como prisionero. Una vez en la cárcel, la Oficina Federal de Prisiones se hace cargo de la custodia.

Las víctimas de los crímenes cometidos por los testigos protegidos pueden ser compensadas por algunos delitos, como parte del Fondo de Compensación de Víctimas, según lo dispuesto por el Código de EE.UU.,Título 18, Sección 3525. El fondo está administrado por la OEO y cubre los gastos de los gastos médicos y funerarias, y los salarios perdidos.

Breve historia del Programa de Protección de Testigos

El Programa de Protección de Testigos tal como lo conocemos hoy es resultado de la evolución de casos individuales que se iniciaron en la década de 1960 y que fueron investigados por la Organized Crime and Racketeering Section, (OCRS) (Sección para el Crimen Organizado y la Delincuencia) del Departamento de Justicia de Estados Unidos. Este grupo fue dirigido por el Fiscal General de Estados Unidos, Robert F. Kennedy e incluyó a Gerald Shur, el hombre que llegaría a crear el Programa de Protección de Testigos.

Shur, quien era entonces un fiscal federal, participó en varios casos en los que el gobierno federal protegió a los testigos que declararon contra el crimen organizado. Entre estos testigos estuvieron Joseph Valachi, José Barboza y Larry Gallo.
En 1969, el senador John L. McClellan, de Arkansas, introdujo una ley contra el gran delito. G. Robert Blakely, un miembro del personal de McClellan, había redactado gran parte de este proyecto de ley. Blakely tomó ideas de Shur para un programa de protección de testigos y la insertó en la ley contra el delito, según escribe Shur en su libro WITSEC.

El Programa de Protección de Testigos fue autorizado como parte de la Ley de Control del Crimen Organizado de 1970. Esta ley incluía la sección del Título V: Instalaciones Protegidas Albergar a los Testigos del Gobierno, que esboza los principios básicos de lo que sería el Programa de Protección de Testigos. Dice que el Fiscal General puede proporcionar la protección de testigos en “el sentido que sea lo más útil posible bajo las circunstancias especiales de cada caso”. Esta ley le dio al Departamento de Justicia amplia libertad para dar cabida a lo que se considere necesario para proteger a los testigos.

Aunque la ley prevé ahora un programa de protección de testigos, tenían que formularse muchos detalles del programa y el manejo día a día. Shur sugirió que el Servicio de Alguaciles (agentes federales) protegiera, ocultara y reubicara a los testigos, y financiara el programa. Pronto este programa fue conocido como WITSEC, una abreviatura de “witness securigy”, la seguridad de los testigos.

Casi 15 años después, las facultades del Fiscal General con respecto al Programa de Protección de Testigos fueron ampliadas por la Ley Integral de Control del Crimen de 1984. Esta nueva sustentaba la protección de ciertos familiares y asociados. La Ley Integral de Control del Crimen de 1984 contiene regulaciones y proporciona información general sobre el Programa de Protección de Testigos, que establece la mayoría de los actuales procedimientos por los que un abogado del gobierno puede solicitar los servicios del programa con el fin de proteger a un testigo de los peligros que pueden relacionarse con el testimonio del testigo.

Hoy en día, el Programa de Protección de Testigos es esencial para el enjuiciamiento de cientos de casos. Sin este, muchos testigos nunca darían el paso o serían asesinados si lo hicieran. Con la protección que ofrece el programa, los testigos pueden testificar y desaparecer cuando el juicio ha terminado, mientras que los delincuentes contra los cuales testifican casi siempre son condenados.

…después de 11 de septiembre de 2001

La seguridad de los testigos está abierta actualmente a más personas que los testigos que van a declarar en contra de miembros de la mafia. Se está haciendo un mayor esfuerzo para encontrar testigos que testifiquen en contra de las organizaciones terroristas que están menos organizados y son más peligrosas.
Esto aumenta la complejidad de los testigos que se ocultan, ya que muchos de los que puedan testificar contra los terroristas extranjeros están en los Estados Unidos de manera ilegal. Los testigos nacidos en el extranjero requieren una serie de documentos adicionales de la división de Inmigración y Aduanas del Departamento de Seguridad Nacional. Testigos que son inmigrantes ilegales no pueden ser reubicados hasta que los requisitos de inmigración estén satisfechos y los documentos necesarios se entregan proporcionan a la OEO o Servicio de Alguaciles.
Los fiscales también deben convencer a los funcionarios de inmigración de no deportar a los testigos y de eliminar esos testigos de las listas de vigilancia de terroristas. Además, todos los involucrados en la gestión del programa deben adaptarse a las diferencias culturales y lingüísticas.

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