El
legado testamentario del gobernador de las Indias frey Nicolás de Ovando (Artículo
inédito escrito exclusivamente para ser publicado en primicia en la revista
Clío.)
La fortuna de Nicolás
de Ovando
Por Esteban Mira
Caballos. (Investigador y profesor de Historia de la Universidad de
Sevilla)
Fuente:
Revista CLIO. Órgano de la Academia Dominicana
de la Historia. Año.
2003. No. 165-01. Pág. 33 a
58
Fernández de Oviedo
nos concretó un poco más sobre esta propiedad y sus herederos, afirmando que
seis de ellas que estaban juntas en un lado de la acera las destinó al hospital
de los pobres de San Nicolás, mientras que las restantes las legó “a su Orden y
convento, como buen religioso”. (Fernández de Oviedo, Gonzalo. Historia
general y natural de las Indias. Tomo I. Madrid, Atlas, 1992, p. 87. Por su
parte, Antonio de Herrera no aporta datos nuevos al respecto al decir: “dejó
algunas heredades y granjerías en la isla que se hizo administrasen por él y
muchas casas que se hizo edificar en Santo Domingo, y mucha parte de ellas dejó
al hospital y la otra parte para su Orden de Alcántara (...)”. Herrera, Antonio
de. Historia General de los hechos de los castellanos en las islas y Tierra
Firme del Mar Océano, Tomo I. Madrid, Universidad Complutense de Madrid, 1991, p.
505.)
Pero Fernández de Oviedo fue mucho más allá, al decir que el Comendador
Mayor llegó a disponer en la isla de unas rentas anuales de 8,000 ducados.(
Concretamente decía así: “Y así de eso que él tenía como comendador mayor de la Orden Militar y caballería
de Alcántara, como de los salarios que con esta gobernación llevaba, tenía ocho
mil ducados de renta en cada año o más, según yo lo supe de Diego López de
Salcedo, su sobrino, y de otras personas que cerca de él estuvieron (...)”.
Herrera. Ob .N cit., p. 505.) Sin embargo, pese a que a grandes rasgos
conocemos la fortuna que el viejo gobernador dejó en Santo Domingo, siguen
siendo muchas las interrogantes: ¿En manos de cual mayordomo dejó sus
propiedades a su marcha de la isla? ¿Qué dispuso exactamente en su testamento?
¿Qué ocurrió con su fortuna tras su fallecimiento? A estas interrogantes
intentaremos dar respuesta en las páginas siguientes.
Sabida es la enorme fortuna que el primer
gobernador de las Indias dejó a su muerte en 1511. En el momento de su salida
de la isla, en 1509, poseía unos 300,000 montones de yuca, repartidos por toda
la colonia en más de una quincena de estancias y al menos dos huertas: una en
Bonao y otra en el porque estaba edificando los solares que tenía en la calle
de la Fortaleza
en Santo Domingo. Y cuando se marchó de la isla en 1509 dejó designada a una
persona de su confianza para que administrase sus estancias e invirtiese los
beneficios en la construcción de las casas de la Ciudad Primada.
Casi con total seguridad, el mayordomo designado fue su sobrino Diego López
Salcedo, que residió en la isla hasta poco después de la muerte del Comendador
Mayor. De hecho, el 6 de junio de 1511 se remitió una Real Cédula a Diego Colón
en la que se le ordenaba, “por hacer bien a frey Nicolás de Ovando”, que su
mayordomo Diego Salcedo conservase su vecindad en la isla, pese a no residir
allí. (“Real Cédula a Diego Colón,
Sevilla, 6 de junio de 1511”.
AGI, Indiferente General 418, leg. 3, fol. 72v.)
Todo parece indicar que hacía tiempo que Ovando
tenía clara su idea de reinvertir todos sus beneficios agrícolas y ganaderos en
sus bienes inmuebles de Santo Domingo. Y no se equivocó en esta decisión, pues,
sus propiedades urbanas se convirtieron tras su fallecimiento, en la base de su
fortuna. En ellas trabajaban oficiales que empleaban como mano de obra tanto a
indios naborías y de repartimiento como a esclavos negros. Este último dato
quedó corroborado en 1513 cuando se autorizó al Comendador Mayor de Castilla a
utilizar cuantos esclavos necesitase de la “disposición de Ovando” con tal de
que los pagase a 60 pesos de oro cada uno. (Concretamente
decía así: “Item, que si el dicho Comendador Mayor de Castilla quisiere tomar
algunos esclavos de los que pertenecen a la dicha disposición que quedaron en
la dicha isla a precio de sesenta pesos de oro cada esclavo que le sean dados y
entregados los que el dicho señor Comendador Mayor quisiere y que el precio que
en ellos montare lo reciba en cuenta y parte de pago de los dichos mil y
quinientos pesos de oro”. Concordia entre el disponedor de los bienes de
Nicolás de Ovando y el Comendador Mayor de Castilla, Valladolid, 2 de junio de
1513. AHN, Órdenes Militares, 1515. )
Probablemente, tras su fallecimiento, se abrió
su testamento que debía ser muy claro en sus disposiciones fundamentales. De
las quince casas que poseía en la isla, seis las dejó a favor del hospital de
San Nicolás, institución que se hizo cargo de dicho legado inmediatamente
después de su fallecimiento. El resto de sus heredades, incluidas las nueve
casas restantes, las dejó no exactamente a la Orden de Alcántara sino específicamente al
convento de San Benito, fundamentalmente con la intención de “acrecentar el
número de freiles de este sacro y Real convento de San Benito de la villa de
Alcántara” ( AHN. Órdenes Militares,
1515)
Según era usual en la época, los herederos –en
este caso los freiles del convento de San Benito debían heredar los bienes que
quedasen después de haber cumplido las disposiciones por su alma. Y
concretamente, dejó dispuesta la erección de una capilla y enterramiento en la
iglesia conventual de San Benito. Una capilla en la que se debía fundar una
capellanía o memoria de misas a perpetuidad Éstas se instituyeron por el alma
del propio frey Nicolás y por las de sus padres, aunque desconocemos el número
de misas anuales que se debían rezar o cantar.
Y obviamente, poco después de fallecer el
Comendador Mayor de Alcántara, el viejo sacristán del convento de San Benito,
Diego Moreno, se hizo cargo de los bienes del finado. Sin embargo, una
sorprendente e injusta decisión de Fernando el Católico provocó, por un lado,
un largo proceso, y por el otro, un retraso de décadas en el cumplimiento de la
última voluntad del finado. Seis días después de su muerte, el rey notificó a
Diego Colón que los bienes de aquel continuasen en poder y como estaban “en vida de él” sin ningún tipo de
“innovación” mientras decidía que hacer con ellos.( Real Cédula a Diego Colón, Sevilla, 4 de junio de 1511”. AGI, Indiferente
General 418, leg. 3, fol. 69v. ). Y poco se hizo esperar su resolución,
pues, el 21 de junio de 1511, Fernando de Castilla, “como administrador
perpetuo de las órdenes de caballería” hizo merced a Fernando de Vega,
Comendador Mayor de Castilla, del usufructo vitalicio de los bienes que dejó en
la isla frey Nicolás de Ovando (Real Cédula a don Fernando de la Vega, Comendador Mayor de
Castilla, Sevilla, 21 de junio de 1511”.
AGI, Indiferente General 418, leg. 3, fols. 101-105. ) En ese mismo día
remitió una Real Cédula a Diego Colón para que le entregase los bienes de
Ovando al representante del citado Comendador Mayor de Castilla. (Real Cédula a Diego Colón, Sevilla, 21
de junio de 1511”.
AGI, Idi ferente General 418, leg. 3, fol. 105. ) Y no fue la única
merced que el Rey le hizo, pues, el 13 de septiembre de 1512 le concedió el
título muy enjundioso económicamente de
fundador y marcador de oro de la
Isla de Cuba (“Real
Cédula haciendo merced a Fernando de Vega, Logroño, 13 de septiembre de 1512”. AGI, Indiferente
General 418, leg. 3, fol. 20v-21v.
La decisión la tomó el Rey Católico como
administrador perpetuo de la
Orden y, por tanto, de las rentas de la Mesa Maestral. Sin
embargo, lo que reivindicaron siempre los disponedores del alma de Ovando –como
se les denominaba en la documentación de la época y los freiles del convento de
San Benito es que los bienes no fueron legados a la Mesa Maestral sino
exclusivamente a la fábrica del convento de San Benito.
El pleito
entre don Fernando de Vea y los disponedores de los bienes de Nicolás de Ovando
La concesión de los bienes en usufructo al
Comendador Mayor de Castilla fue tremendamente injusta, entre otras cosas
porque privó al viejo gobernador de La Española de algo tan legítimo y fundamental en
nuestro derecho civil como el cumplimiento de su voluntad testamentaria. Pero
también era absolutamente lesivo para los intereses del convento de San Benito,
heredero principal de sus bienes, y por tanto, el gran perjudicados por la
decisión regia.
Pero, el
agravio a los frailes de San Benito no acabó ahí; el rey dispuso que Fernando
de Vega terminase de construir las casas de Santo Domingo y que, como a su
muerte, pasarían al convento de San Benito, debía ser éste quien abonase a
Fernando de Vega los 1,500 pesos oro que se estimaba tendrían de coste.
Obviamente, los conventuales alcantarinos
iniciaron un proceso judicial en el mismo año de 1511. El proceso se alargó
muchos meses porque, aunque parecían justas las reivindicaciones de estos, se
enfrentaban a una disposición regia. Sea como fuere, lo cierto es que el rey,
para evitar los perjuicios de un proceso de esas características, decidió
convocar en Valladolid, el 2 de junio de 1513, a ambas partes para
intentar llegar a un acuerdo satisfactorio. En representación del viejo
administrador de las disposiciones de Nicolás de Ovando, Diego Moreno, fue con
poder expreso suyo el prior del convento de San Benito, frey Pedro de Escobar.
En la concordia se ratificó el usufructo
vitalicio de don Fernando de Vega, Comendador Mayor de Castilla, de las casas y demás heredamientos de la Isla de Santo Domingo. No
obstante, se introdujeron algunas novedades en favor de los disponedores de su
memoria, a saber: En primer lugar, se incorporó un pequeño pero significativo
matiz; las propiedades urbanas de Nicolás de Ovando se mencionaban como “las
dichas casas de San Benito”, reconociendo de alguna forma que la propiedad era
del convento y no de la
Mesa Maestral, como se sostuvo sin fundamento en un primer
momento.
En
segundo lugar, se eximió a los freiles de San Benito del pago de los 1,500
pesos oro. Ahora se dispuso igualmente que se abonasen los costes a don
Fernando de Vega pero de los bienes y deudas de Nicolás de Ovando que aún
quedasen en la isla. Pero no sólo quedaban eximidos los freiles del pago sino
que, incluso, se decía que, si la venta de dichos bienes superaba los 1,500
pesos de oro, se les debía entregar a estos la demasía.
En tercer
lugar, en adelante no se podrían pedir cuentas de lo gastado en las casas antes
de la toma de posesión de ellas por los representantes de don Fernando de Vega
“ahora ni en tiempo alguno”. Y en cuarto lugar, se autorizaba a los freiles a
nombrar un delegado que estuviese presente en la isla para supervisar la venta
de los bienes de Ovando y la construcción y gastos que se hacían en las casas
de Santo Domingo. Estos eran, pues, los
principales puntos del pacto entre los freiles de San Benito y don Fernando de
Vega, Comendador Mayor de Castilla.
Sin
embargo, los cenobitas de San Benito no quedaron ni muchísimo menos satisfecho
con el acuerdo de 1513; de ahí que prosiguiesen sus reivindicaciones hasta
1516, año en el que de nuevo comparecieron en Madrid ambas partes para llegar a
un nuevo y, en este caso, definitivo, acuerdo. Efectivamente, en la Nochebuena de 1516, se
reunieron en Madrid don Fernando de Vega, Comendador Mayor de Castilla y don
Pedro Escobar, prior del convento de San Benito, y suscribieron un nuevo pacto
que desde luego parecía mucho más justo.
Las
rentas de las casas de Santo Domingo y las demás heredades que aún quedasen en
la isla se repartirían entre el convento y don Fernando de Vega al cincuenta
por ciento, a contar desde enero de 1517.25 Una vez fallecido el Comendador
Mayor de Castilla, la propiedad sería obviamente para el convento “para que sea
convertida y gastada en el crecimiento del número de freiles”.
Y finalmente se preveía que si ambas partes
llegaban a acordar la venta de las casas, antes de la muerte del Comendador
Mayor de Castilla, el importe se debía llevar al monasterio de San Jerónimo de
Buenavista, de Sevilla. Con dicha cantidad se comprarían rentas y los
beneficios serían repartidos de la siguiente forma: las dos tercias partes para
el Comendador Mayor de Castilla, y la tercia parte restante para el convento de
San Benito.
En definitiva, este nuevo acuerdo parecía mucho
más justo que el anterior. Todos debieron ceder en parte para alcanzar dicho
pacto. La corona, reconocía tácitamente lo
injusto de su decisión; Fernando de Vega, cedía la mitad de unos
beneficios que le habían sido otorgados por la propia corona; y los freiles de
San Benito aceptaban el cobro de la mitad de unas rentas que en verdadera
justicia creían merecer íntegramente.
El
cumplimiento de la memoria de Nicolás de Ovando
Sea como fuere, lo cierto es que una vez
fallecido don Fernando de Vega, por fin los bienes de Nicolás de Ovando
recayeron en los disponedores de su alma y se pudo, a la postre, realizar su
capilla y enterramiento. Sus labores estuvieron a cargo del maestro mayor de
obras del convento, Pedro de Ybarra. La capilla estaba prácticamente acabada en
1561 cuando el propio arquitecto informó que solo faltaba por hacer “el letrero
y quitar los andamios de ella (...)”. Una capilla decorada con un friso corrido
de estilo plateresco y una serie de medallones con los bustos de Santa Bárbara
y Santa Catalina así como una hornacina funeraria finamente decorada.( Andrés Ordax, Salvador (dir).
Monumentos artísticos de Extremadura. Mérida, Editora Nacional de Extremadura,
1995, p. 48.) El coste total de la obra ascendió a 1,812,375 maravedís,
es decir, poco más de 53,000 reales.30 Sin embargo, es cierto también que, pese
a las importantes rentas que poseía la memoria de Nicolás de Ovando, en los
años de máxima actividad constructiva se tomaron prestados caudales. De hecho,
hacia 1560 se estimaba que el depositario de las rentas de Nicolás de Ovando
debía un total de 685,375 maravedís, 286,254 a la fábrica conventual de San Benito y
el capital restante a la llamada Capellanía de Casillas (“Expediente sobre los bienes de Nicolás de Ovando”. AHN, Órdenes
Militares, 1515.)
En cualquier caso, las rentas de Nicolás de
Ovando fueron cuantiosas y fueron compradas casi en su totalidad con el dinero
obtenido de la venta de sus bienes indianos. Los ingresos que tenía la memoria
procedían de la renta de hierba, de censos y de un juro de 10,000 maravedís al
año sobre las alcabalas del hierro de villa de Cáceres.32 Conocemos los
ingresos concretos que tuvo la capellanía de Ovando en 1565 que eran los
siguientes:
Cargo de la memoria de Nicolás de Ovando en 1565
Concepto Cantidad Absoluta Porcentaje. Alcance
al depositario desde1561 a 1565,. 199,466. % 65.8. Censos 87,984.% 29.05. Hierbas
15,458. %5.10. Total 302,908 %100.00 (Las cifras están expresadas en
maravedís.)
Conclusiones
De lo expuesto precedentemente debemos destacar
varias cuestiones importantes: Primero, la fortuna que amasó frey Nicolás de
Ovando en La Española
fue muy considerable. Unas importantes propiedades urbanas, con unas quince
casas de piedra en el centro de la ciudad de Santo Domingo, y una no menos
cuantiosa propiedad rural, con un buen número de estancias, hatos ganaderos y
algunas huertas distribuidas por toda la isla.
Segundo, de acuerdo con lo que se venía
sosteniendo hasta la fecha, la mayor parte de su fortuna la destinó a objetivos
píos o religiosos. Concretamente, les dio un triple destino: uno al hospital de
San Nicolás de Bari de Santo Domingo pensaba incrementar el número de profesos;
y tres, la dotación de una capilla y memoria a perpetuidad para los servicios
espirituales de su alma.
Tercero, si no se pudieron cumplir las mandas
testamentarias de Nicolás de Ovando a corto o mediano plazo,, no se debió
obviamente a falta de caudales sino a la injusta desviación que el rey Fernando
el Católico hizo de su capital en beneficio de Comendador Mayor de Castilla,
don Fernando de Vega.
Cuarto, tras un largo procesos entre los freiles
de San Benito y don Fernando de Vega, aquellos consiguieron recuperar lo que
injustamente se les había arrebatado. Una vez fallecido el Comendador Mayor y
liquidadas las propiedades urbanas de Santo Domingo, los disponedores del alma
de Ovando pudieron acabar su capilla, cumplir su última voluntad y
probablemente aumentar las rentas de San Benito lo suficiente como para incrementar
el número de profesos allí residentes.
Y quinto y último, la renta anual de la memoria
de Nicolás de Ovando era tan considerable que, en 1565, es decir, más de medio
siglo después de su fallecimiento, ascendían a más de 300.000 maravedís.
Segunda
parte.
Apéndice.
I, Acuerdo entre el disponedor de la memoria de Nicolás de Ovando y el
Comendador Mayor de Castilla (2-VI-1513).
Apéndice II
Acuerdo entre los freiles de San Benito y don
Fernando de Vega, sobre los bienes del difunto frey Nicolás de Ovando (24-XII-1516).