miércoles, 8 de octubre de 2014

Participación ciudadana, gobernanza y territorio

Participación ciudadana, gobernanza y territorio

En los últimos tiempos estamos asistiendo a un extenso y enriquecedor debate acerca de la regeneración democrática; son constantes los llamamientos para lograr una mayor participación ciudadana; estos están a la orden del día. Esta participación permite la intervención de la comunidad en los aspectos de la vida diaria y en la mejora (o al menos, en su búsqueda) del bienestar de la ciudadanía.
mafalda y la democracia
Quizá, a modo introductorio, sería necesaria traer a colación la figura de la descentralización, pues, a mi modo de ver, es un aspecto que guarda relación con la gobernanza. Posiblemente, esta descentralización consiguió la cercanía a la problemática del ciudadano. Sin embargo, carecía (y carece) de un elemento: instrumentos reales de participación ciudadana. Esto es, el gobernante se “aproxima” al ciudadano, puede llegar a conocer sus inquietudes, pero no le permite intervenir en la vida pública más allá de las votaciones correspondientes cada cierto tiempo.
Podemos hacer un recorrido al respecto; así, de un Estado español centralizado se transitó hacia un modelo descentralizado; tuvo lugar un proceso de transferencia de competencias en pro de las Comunidades Autónomas. Con el convencimiento de que es un modelo más eficiente para aproximarse a la realidad de un territorio: un gobierno más cercano al ciudadano posee mayor capacidad para conocer la problemática que afecta a este último. Por otro lado, también se procedió a descentralizar a un nivel inferior, en este caso, a las Corporaciones Locales, con diferentes atribuciones competenciales (en función del número de habitantes del municipio). Es una etapa en la que está presente un auge de la tesis del localismo, defensora de que en un entorno cada vez más turbulento, diversificado y globalizado, el rol de los gobiernos locales experimenta un fuerte impulso. Y el pilar sobre el que se sostiene es que los gobiernos locales gozan de una situación privilegiada para dar respuesta a las exigencias/necesidades/demandas de sus ciudadanos, y en los que la proximidad es un vector esencial para reforzar el papel local como ámbito óptimo de diagnosis, análisis y respuesta al ciudadano. La tesis del localismo supone entender el juego político en un tablero de juego más amplio, con mayor número de actores, y entre los cuales, se genera una red de relaciones. Pese a todo, para algunos autores (v.gr. Arias,  X.C. y Costas, A. 2001: 38:42) quedó pendiente que se diese un proceso cobertor de un mayor espectro de competencias a favor de las entidades de ámbito local[1]. Desde mi punto de vista, fue una oportunidad desaprovechada la no inclusión de instrumentos participativos en el ámbito local.
Más allá de esta descentralización (o desconcentración) de competencias, lo cierto es que el deseo participativo parece que ya no puede pararse. Con casi toda seguridad, el momento crítico por el que atraviesa el ciudadano en el Estado español tenga mucho que ver; la laminación en las condiciones de vida (incluidas reformas de diversa tipología) que tiene lugar desde el inicio de la actual crisis económica supone el punto de partida para el auge de los movimientos sociales; en gran medida, las medidas o políticas “austericidas” son el germen de este afán de intervención en la vida pública. Estas políticas se han presentado como salvadoras de la problemática del país, y sin embargo, la mayoría social sólo ha hecho que ver (y sufrir) una minoración en sus condiciones de vida y en sus derechos. Consecuentemente, se ha dejado de estar “narcotizado” o “anestesiado” para pasar a solicitar mayores cuotas de intervención en la vida pública, tener la posibilidad de tomar decisiones sobre la vida (y sus condiciones) que afecta a la mayoría de la población, y crear un espacio para la construcción de proyectos colectivos. Y en gran medida, estas actuaciones se manifiestan, en gran medida, en el ámbito de lo local.
De lo dicho, queda claro que, en esencia, estamos hablando de democracia. Dentro de ésta, podemos diferenciar dos grandes tipos: la democracia representativa y la democracia participativa. En el Estado español estamos ante una democracia representativa, que legitima al político que llega al poder, aunque dicha legitimidad pueda quedar en entredicho; mientras, en una democracia participativa, se lleva a la democracia a dar un paso más: supone dotar de mayor contenido al concepto de democracia.
De todo lo anterior no es ajena la Academia. Y muchos son las publicaciones que han aparecido al respecto. Pero me parece adecuada la aportación de Brugué y Martí, cuando define a la democracia participativa como: 
“aquella forma de participación ciudadana estructurada a partir de espacios de conflicto bien definidos y de la presencia de actores informados e interesados en los asuntos objeto de debate (…) focaliza la atención de los participantes en un abanico limitado de temas, clarifica la posición de los actores al respecto y, a través de escucharse y rebatirse, permite llegar a conclusiones y resultados operativos” (Brugué Q. y Martí, S. 2003: 34).
Pero hablar de participación ciudadana, conlleva el aporte o ingrediente de otros elementos. Hablamos de contar con mecanismos de información en pro de la ciudadanía; sin información difícilmente puede haber una participación (relativamente) coherente; asimismo, está la formación: debe incluirse un mínimo nivel de formación previo de los temas que vayan a ser objeto de debate, pues de lo contrario, sería harto complicado hacer aportaciones al tema en cuestión; por supuesto, consultar y debatir, siendo esto último trascendental, pues muchas veces existe una transmisión de información pero no hay una retroalimentación por parte del receptor del mensaje. Más claramente, el tema o problema que se plantee ante la ciudadanía debe permitir que ésta hable, que fluya el diálogo entre gobierno y ciudadano, que exista debate, para llegar finalmente al consenso. Para finalizar, y no menos importante, está el control. Los dirigentes elegidos y que están encargados de llevar a buen puerto las decisiones tomadas tras ese diálogo con la ciudadanía, deben someterse a control, exigiéndose la máxima transparencia.
En conclusión, parece que los deseos de nuevas formas de gobierno están cuajando cada vez más en la sociedad; dependerá de muchos factores el que pueda llegarse a este modelo. Pero esta democracia participativa (en la que, eso sí, cada uno deberá ser consciente y responsable de las decisiones que toma/vota) debe venir acompañada de los ingredientes antes citados, y a los cuales se debería agregar la accountability. Para finalizar, esta participación debe llevar aparejada la idea de la gobernanza multinivel, donde se entretejen redes de relaciones, tanto en un sentido horizontal como en un sentido vertical (Farinós, J. y Romero J. 2008:5;  Gallego, J.R y Pitxer J.V. 2009). Por último, no está de más recordar que la participación ciudadana en la vida diaria puede ser un elemento cohesionador, generar un movimiento colectivo, donde podrán existir tensiones entre posturas divergentes, pero que no dejan de ser un elemento más de la democracia.
BIBLIOGRAFÍA
  • ARIAS, X.C. y COSTAS, A. (2001): “El eslabón perdido de la descentralización. Argumentos a favor de los gobiernos locales”. Claves de Razón Práctica. Nº 114. Págs. 38-42.
  • BRUGUÉ, Q. y MARTÍ, S. (2003): “Participació i democràcia en l´àmbit local” en BRUGUÉ, Q, DONALDSON, M. y MARTÍ, S: Democratitzar la democracia. Fundació Catalunya Segle XXI. Barcelona. Editorial Mediterrània.
  • BRUGUÉ, Q. y GOMÀ, R. (coords. 1998): Gobiernos locales y políticas públicas. Barcelona. Ariel.
  • FARINÓS, J. y ROMERO J. (2008): “La Gobernanza como método para encarar los nuevos grandes retos territoriales y urbanos”. Boletín de la A.G.E. Nº 46. Págs. 5-9.
  • GALLEGO J.R. y PITXER J.V (2009): “Políticas locales participativas y desarrollo territorial. Los Pactos Territoriales por el Empleo en el País Valenciano”. Arxius de Ciències Socials. Nº 21. Págs. 21-36
[1] Actualmente, y con la reforma de la Administración Local (a partir de la aprobación de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local), la situación se revierte; se establece un proceso de recentralización, con la pérdida competencial de las Corporaciones locales cuando éstas no puedan afrontar el gasto de determinadas competencias hasta ahora asumidas, y que recaerán en las Comunidades Autónomas. Así, en algunos casos se procederá a la “cesión” competencial en sentido ascendente (hacia el nivel autonómico), con la lejanía para con la ciudadanía. La justificación de esta reforma es que “[se]…exigen nuevas adaptaciones de la normativa básica en materia de Administración local para la adecuada aplicación de los principios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera o eficiencia en el uso de los recursos públicos locales” (Preámbulo de Ley 27/2013).

No hay comentarios:

Publicar un comentario