CAMBIAR EL HIMNO NACIONAL?
Por Edwin Espinal Hernández
Por Edwin Espinal Hernández
El himno nacional, desde el punto de vista del derecho de autor, es una obra en colaboración (música y letra) en dominio público, por haber transcurrido más de 70 años desde la muerte de sus autores. Sin embargo, al igual que todas las obras protegidas por derecho de autor, existe un contenido moral del derecho que supervive de manera perenne no obstante la muerte de sus creadores. El derecho moral de integridad, en específico, impide que el himno sea deformado, alterado, mutilado de forma tal que pierda mérito literario.
El cambio que se ha propuesto, sometido mediante una acción ante el Tribunal Constitucional, desde el punto de vista de la sintaxis, de la forma en que fue estructurado, lo altera y es claro que atenta contra el derecho moral de integridad de sus creadores.
El Estado, ante la falta de herederos (Prudhomme no los dejó, Reyes sí) debe velar por la protección de ese derecho.
La acción planteada por ante el Tribunal Constitucional (no es un proyecto en el Congreso) será rechazada a la luz de lo anterior, pero más importante aún, por el hecho de que la propia Constitución establece que el himno es invariable.
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